Éste se dirige a menores menores sobre los que hay que intervenir de forma inmediata, a fin de evitar la institucionalización en un centro de acogida y de que gocen de un ambiente y atención familiar durante el tiempo necesario para realizar el estudio de la situación del menor y poder proponer la medida de protección más adecuada o bien que vuelva con su familia de origen.
Las características propias de estos acogimientos son:
· La edad de los menores a acoger abarca desde recién nacidos hasta los siete años; puede tratarse de niños con necesidades especiales.
· El acogedor/a o al menos un miembro de la pareja, debe tener plena disponibilidad para el acogimiento.
· En el proceso de valoración de idoneidad estas familias tendrán , además de la formación habitual, una formación específica. El acogimiento se resolverá y formalizará con mayor celeridad, a fin de evitar el paso del menor por un centro de protección. Al no existir una fase de acoplamiento inicial, el apoyo y seguimiento por parte de Hogar Abierto será más exhaustivo.
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